Entre sus funciones, el proyecto detalla, que el Instituto debe “promover y coordinar las políticas de certificación y acreditación de saberes y competencias laborales adquiridas por los trabajadores en circuitos formales, no formales e informales de sus trayectorias laborales”. Como así también, “proponer itinerarios formativos para quienes aspiren a obtener una certificación para ser aplicados en los niveles y modalidades que correspondan de las jurisdicciones provinciales”.
Puiggrós explicó en la reunión de la comisión de Legislación del Trabajo, que el Instituto está pensado “no para un gobierno en particular sino que busca trascender la gestión para perdurar en beneficio de los trabajadores”.
b. Crear organismos sectoriales de certificación de competencias laborales y reconocer y regular aquellos desarrollados y registrados en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
c. Construir los parámetros o referenciales de cada oficio u ocupación tomando como base el estudio de los procesos de trabajo.
d. Reconocer las normas de competencias laborales elaboradas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
e. Diseñar los indicadores y el desarrollo de procedimientos válidos y confiables para la acreditación de saberes y competencias laborales.
f. Analizar los circuitos de educación formal y no formal existente con el objeto de posibilitar su articulación con las actividades específicas del Instituto.
g. Proponer itinerarios formativos para quienes aspiren a obtener una certificación para ser aplicados en los niveles y modalidades que correspondan de las jurisdicciones provinciales.
h. Contribuir a la definición de los contenidos de la oferta de formación técnico profesional, con el producto de los estudios y referenciales de oficios y ocupaciones desarrollados por el Instituto.
i. Acordar con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN las condiciones que faciliten la inscripción de postulantes que aspiren a certificar sus saberes y competencias a través de las instituciones educativas de nivel primario, secundario y superior.
j. Acordar con el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO,
k. Celebrar convenios y desarrollar acciones conjuntas con sindicatos o empresas a los fines previstos en la presente ley en cada ámbito sectorial.
La Dirección Ejecutiva y
El Director Ejecutivo y el Vicedirector Ejecutivo del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES -INCAS- serán funcionarios con rango y jerarquía de Secretario. Los demás integrantes tendrán rango y jerarquía de Subsecretario.
Los integrantes del Directorio Ejecutivo serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de los titulares de las respectivas carteras ministeriales.
El Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES -INCAS- formará quórum con TRES (3) de sus miembros, sus resoluciones se adoptarán por mayoría simple y el Presidente tendrá doble voto en caso de empate.
b. Delegar en el Director Ejecutivo del Instituto las facultades que se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de las finalidades del organismo.
c. Promover las relaciones institucionales del Instituto y, en su caso, suscribir convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos en coordinación con los organismos con competencia en la materia.
d. Aprobar el plan estratégico del Instituto.
e. Dictar las normas reglamentarias necesarias para el funcionamiento del Instituto.
f. Elevar el anteproyecto de presupuesto del organismo.
g. Administrar los recursos provenientes del presupuesto nacional y los bienes del organismo.
h. Aceptar herencias, legados y donaciones, subvenciones que le asignen organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.
i. Requerir a los distintos organismos de
k. Proceder anualmente a la confección y publicación de
l. Dictar el reglamento interno del cuerpo.
b. Ejercer la administración del INSTITUTO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES -INCAS-, suscribiendo a tal fin los actos administrativos pertinentes y nombrar, contratar expertos nacionales o extranjeros, remover, sancionar y dirigir el personal.
c. Diseñar y elaborar el plan operativo anual.
d. Dirigir y promover estudios de inversión, competitividad e investigaciones especializadas y disponer la difusión de sus resultados.
e. Convocar y presidir las sesiones del Directorio con voz y voto.
f. Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y privados, locales y extranjeros, para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
b. Un representante por cada región de los Consejos Sectoriales Regionales.
Tradicionalmente la escuela pública ha sido la institución alfabetizadora por excelencia (estructurada sobre la base de las trayectorias cognitivas) pero siempre ha estado inmersa en otros entornos en los que circulaban saberes socialmente productivos vinculados con las praxis laborales, organizativas, recreativas, etcétera, en las que se ponían en juego relaciones económicas, sociales, regionales y locales. Aun con tensiones, estos saberes potenciaron cooperativamente la acción alfabetizadora de la escuela, pero no alcanzaron el reconocimiento que acreditaban. El academicismo y formalismo del sistema escolar tradicional fue funcional a la reproducción de desigualdades sociales, descalificando los saberes adquiridos sin su intervención. Desafortunadamente, la sociedad argentina ha ido perdiendo estos saberes expresados en proyectos de vida, laborales y sociales, lo cual empobrece su cultura y profundiza el hiato social. Es imperativo, por lo tanto, volver a articular los distintos espacios alfabetizadores, fuente de saberes socialmente productivos mediante puentes entre los adquiridos en la vida social y laboral y la educación formal.
Una experiencia reciente, como la implementada en la provincia de Buenos Aires, constituye un antecedente relevante. Con el objetivo de obtener el reconocimiento y valorización de aquellos saberes, a la vez que establecer los dispositivos de acreditación pertinentes, en 2004 el Gobierno provincial creó en esa jurisdicción el primer organismo específico para la investigación y la valorización, en términos educativos, de los saberes que se construyen en la experiencia de trabajo de manera de poder certificarlos y acreditarlos (Decreto provincial 1525/03). (1)
Otro tanto lo constituye la tarea que viene realizando el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de su Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional en diálogo con empresas y trabajadores para recuperar paulatinamente el valor social y el capital cultural que poseen estos últimos.
La presente propuesta de creación de una institución nacional resulta innovadora por cuanto concibe la experiencia de trabajo de las personas, a lo largo de sus biografías, como espacio de aprendizaje legítimo y legitimado, mediante acciones conjuntas y convenios con sindicatos, empresas e instituciones de educación de nivel superior. No se trata sólo de certificar oficios, sino que reconoce otro tipo de formaciones, ya que la acelerada urbanización, la digitalización de los procesos de gestión en las instituciones públicas y privadas, el surgimiento de nuevos oficios y profesiones, o bien la transformación de los tradicionales, son algunos de los factores que contribuyen a que las personas adquieran saberes del trabajo fuera del sistema escolar. En consecuencia, los vínculos que pueden instaurarse entre los diversos tipos de saberes deben fundarse en metodologías que permitan el diálogo entre ambos. Al mismo tiempo, se trata de fortalecer el papel del sistema educativo en la distribución y legitimación de los saberes, en tanto resulta la organización con mayor capacidad de cobertura territorial, al mismo tiempo que es la que acumula la mayor experiencia en cuanto a sistematización y transmisión, y evaluación de saberes.
De esta manera, el reconocimiento y acreditación por parte del sistema educativo del trabajo productivo como creador de saberes válidos, constituye un acto de justicia hacia todas las personas que trabajan (independientemente del carácter formal o informal en que se ejerza dicho trabajo), y al mismo tiempo contribuye al enriquecimiento de la cultura y de los propios saberes escolares.
Nuestro país se encuentra en un momento de expansión y en los próximos años, posiblemente, asistiremos a nuevas y profundas transformaciones, producto, entre otras cuestiones, de la reintegración de empresas de servicios públicos al tejido productivo así como la tecnificación de diversas actividades, que requerirán de nuevos perfiles laborales y profesionales como también de muchos oficios que se han ido perdiendo con la retracción de algunas actividades productivas. La vinculación entre el mundo laboral y la educación no puede ni debe limitarse al objetivo de la empleabilidad, sino a formar sujetos libres y capaces de construir sus propias trayectorias laborales y nuevas realidades, en un mundo en constante cambio. Hoy tenemos la posibilidad de formar jóvenes que puedan ingresar tanto a la universidad como al mundo del trabajo, en el marco de la nueva legislación educativa. Esto es posible en la medida en que continúe creciendo el empleo, aunque desde ya éste no constituye una variable independiente de la cultura política. Es necesario que en cada hogar argentino haya al menos un adulto con un trabajo reconocido y un salario digno. La defensa de los trabajadores y del empleo digno es una parte de la cultura política a la cual debe contribuir una cultura educativa que extienda la valorización de la cultura del trabajo y de la integridad de la educación del trabajador. Se trata de un desafío nuevo y en el que hay mucho que aprender. Las experiencias realizadas hasta el momento en otros países, y la que hemos mencionado en el nuestro, permiten asegurar que es posible, y que se trata de un camino en el que se enriquecerán los trabajadores, sus organizaciones colectivas, las organizaciones productivas y el sistema educativo.
Es por eso, Sr. Presidente, que el presente proyecto propone la creación de un Instituto Nacional destinado a dicho reconocimiento. Un ente autárquico que permita articular las políticas llevadas a cabo tanto del Ministerio de Educación como del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social tendientes a la inclusión educativa y laboral.
Este Instituto tendrá a su cargo, además, la responsabilidad de colaborar con ambos ministerios, no solo en la certificación y acreditación de saberes laborales, sino en la construcción de caminos alternativos para que los trabajadores y las trabajadoras puedan concluir la educación obligatoria y seguir estudiando, si así lo desean.
Por todo lo expuesto, y porque estamos convencidos que es a través de la educación y del trabajo como lograremos mayores niveles de inclusión social, reconocimiento y dignificación personal, les solicito a mis pares que me acompañen con la aprobación del presente proyecto.
Estimado colegas,
ResponderEliminarEn primer lugar les felicito por socializar este esfuerzo que constituirá una herramienta compleja que mejorará la justicia social y económica en sectores de trabajadoras y trabajadores históricamente excluidos, pero también impactará favoramente en la competitividad y calidad de los sectores y empresas exportadoras.
Por otra parte, es muy importante que Argentina cuente con un sistema nacional de cualificaciones que regule lo que se constituirá en un nuevo mercado laboral para miles de profesionales que se encargarán de operarlo a lo largo de todo el país y en sus distintos niveles, y de supervisarlo y mejorarlo continuamente.
Espero que no se tarden en aprobarlo tanto como en Chile (con todo respeto) y que luego no lo desvirtúen en su filosofía, como en México.
Saludos cordiales
Oscar Prudencio
Consultor internacional en CL.
dhuman.soluciones@gmail.com